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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 12235 >> Fecha 26/01/1981 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 12235 - Articulo 1
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12235-H-OP

(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo operativo o haya entrado en desuso") 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL MINISTRO-DIRECTOR

DE LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL y POLITICA ECONOMICA,

En uso de las facultades conferidas en los artículos 14D, incisos 3) Y 18) de la Constitución Política y 27. 1 de la Ley General de la Administración Pública , y

Considerando:

Que nuestro país atraviesa en estos momentos una situación que requiere revisar cuidadosamente el uso de las partidas destinadas a nuevas obras durante el presente año.

Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°-Créase una comisión integrada por funcionarios de la Oficina de Presupuesto Nacional, de la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica, y el Ministerio de Hacienda, quien la coordinará, encargada de revisar las partidas destinadas a obras nuevas, asignadas en el Presupuesto General de la República para el presente año.

 

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