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N§ 15792-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA
ECONOMICA,
Considerando:
Que el Convenio de Pr‚stamo suscrito entre la Rep£blica de
Costa Rica y
los Estados Unidos de Am‚rica para un Proyecto de Desarrollo de
la infraestructura
de la Zona Norte, aprobado por ley N§ 6953 del 21 de febrero de
1984, en su
anexo I, p rrafo II, letra c), prev‚ que corresponde al
Ministerio de Planificaci¢n
Nacional y Pol¡tica Econ¢mica establecer y dictar las normas de
funcionamiento
de una Oficina Subregional en Upala y de un Comit‚ Consultor
Subregional para
el rea del Proyecto;
En consecuencia y conforme con lo establecido en los incisos
3) y 18) del
art¡culo 140 de la Constituci¢n Pol¡tica,
DECRETAN:
El siguiente
Reglamento de la Oficina Subregional del
Ministerio de
Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica Econ¢mica en
Upala
y del Comit‚ Consultor Subregional para el Area
del
Proyecto de Desarrollo de la Infraestructura
de la Zona Norte
CAPITULO I
Definiciones
ARTÖCULO 1§.-Para los efectos del presente Reglamento se
entender por:
a) "MIDEPLAN", al Ministerio de Planificaci¢n Nacional y
Pol¡tica Econ¢mica.
b) "PROYECTO", al Proyecto de Desarrollo de la Infraestructura
de la Zona
Norte del pa¡s.
c) "AREA DEL PROYECTO", la circunscripci¢n geogr fica
correspondiente
a los cantones de Upala y Guatuso y al distrito de Santa
Cecilia del cant¢n
de la Cruz.
ch) "COMPONENTE DEL PROYECTO", los componentes de (i)
Mejoramiento
de Caminos; (ii) Fondo de Desarrollo Comunal; (iii)
Coordinaci¢n del Proyecto
y Estudios de Desarrollo del Area y (iv) Adquisici¢n de
Tierras y
Titulaci¢n.
d) "OFICINA", a la Oficina Subregional de MIDEPLAN en Upala.
e) "COMITE", al Comit‚ Consultor Subregional para el Area del
Proyecto de
Desarrollo de la Infraestructura de la Zona Norte.
f) "AID", la Agencia Internacional para el Desarrollo del
Gobierno de los Estados
Unidos de Am‚rica.
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