N°
14780-A-PLAN
EL
PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA
Y
LOS MINISTROS. DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Y
DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA,
En
uso de las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140
de
la Constitución Política
y artículo 18 de
la Ley
de Planificación Nacional N° 5525 de 29 de abril de 1974,
Considerando
1°—Que
Costa Rica forma parte del Programa- Nacional Cooperativo de Papa (PRECODEPA),
que está integrado por los países del Área Centroamericana y del Caribe.
2°—Que
del 5 al 9 de setiembre del año en curso se celebrará en San José, Costa
Rica, un Seminario Taller en Enfermedades Bacteriales de Papa con la asistencia
de técnicos de siete países: México, Guatemala, Honduras, El Salvador, Panamá,
Cuba y República Dominicana. Además participaran técnicos del Centro
Internacional de
la Papa
(CIP) de Perú.
3°—Que
este seminario le toca organizarlo a Costa Rica, como país líder en
bacteriosis dentro del PRECODEPA. Esto implica cubrir los gastos de transporte aéreos,
viáticos, estadía y alimentación para los técnicos extranjeros invitados
excepto para el del CIP de Perú.
4°—Que
los fondos que se asignan a Costa Rica por parte de PRECODEPA, están
debidamente presupuestados y depositados en
la Cuenta
del Convenio US-AID-MAG, para la celebración de dicho evento.
Por
tanto,
DECRETAN:
Artículo
1°—Designar como sede del Seminario Taller en Enfermedades Bacteriales de
la Papa
(PRECODEPA), la ciudad de San José, Costa Rica, en el evento a celebrarse los
días
5 a
9 de setiembre de 1983.
|