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(Este
decreto fue derogado por el artículo 26 del decreto ejecutivo N° 34582 del 4
de junio de 2008)
N§ 14953-PLAN-MEC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA
ECONOMICA
Y DE ECONOMIA Y COMERCIO,
En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18)
del art¡culo
140 de la Constituci¢n Pol¡tica y el 13) de la Ley de
Planificaci¢n Nacional
n£mero 5525 del 2 de mayo de 1974 y en la Ley General de la
Administraci¢n
P£blica, n£mero 6227 del 2 de mayo de 1978, y
Considerando:
1§.-Que por ley n£mero 5525 de 2 de mayo de 1974, se estableci¢
el Sistema
Nacional de Planificaci¢n con los prop¢sitos, entre otros,
de promover la
mejor distribuci¢n del ingreso y de los servicios sociales
que presta el Estado,
dentro de una utilizaci¢n m s racional de los recursos
disponibles por parte
de los diferentes entes que lo componen.
2§.-Que el establecimiento de un subsistema de Direcci¢n y
Planificaci¢n
Sectorial, bajo decreto n£mero 14184-PLAN, viene a
representar un instrumento
que fortalece y agiliza el Sistema de Planificaci¢n
Nacional y coadyuva a la
direcci¢n y coordinaci¢n de las actividades del Gobierno
y sus instituciones
aut¢nomas.
3§.-Que por Decreto Ejecutivo n£mero 14348-MEC-PLAN, se
constituy¢
el Sector Econom¡a C comercio.
4§.-Que en el Sector Econom¡a y Comercio, las actividades de
turismo
resultan de una naturaleza muy especializada en cuanto a
las instituciones p£blicas
y privadas que intervienen en la ejecuci¢n de la misma.
5§.-Que es necesario y urgente el estudio, la fijaci¢n de
objetivos y el
establecimiento de planes y programas con perspectiva
global para las actividades
de turismo.
6§.-Que el establecimiento de un Subsector de Turismo viene a
representar
un instrumento que fortalece y agiliza el Sistema de
Planificaci¢n Nacional
y coadyuva a la direcci¢n y coordinaci¢n de las actividades
del Gobierno
de sus instituciones aut¢nomas en ese campo.
7§.-Que uno de los objetivos fundamentales de la Ley de
Planificaci¢n
Nacional es propiciar una participaci¢n cada vez mayor de
los ciudadanos en
la soluci¢n de los problemas econ¢micos y sociales del
pa¡s.
8§.-Que de acuerdo con esta pol¡tica, es de gran importancia
el estudio,
la fijaci¢n de objetivos y el establecimiento de planes y
programas con perspectiva
global para las actividades de turismo, lo cual hace
necesario establecer
los mecanismos de coordinaci¢n entre los entes estatales
relacionados en forma
directa con el Subsector Turismo.
9§.-Que la Ley General de la administraci¢n P£blica, introduce
un r‚gimen
jur¡dico novedoso para fortalecer la acci¢n directiva del
Gobierno en particular
sobre los entes descentralizados, introduciendo potestades
y responsabilidades
ministeriales que es indispensable canalizar y reglamentar
adecuadamente.
10.-Que tanto el dEcreto Ejecutivo n£mero 14184-PLAN del
"Subsistema
de Direcci¢n y Planificaci¢n Sectorial", como el Decreto
Ejecutivo n£mero
14348-MEC-PLAN, sustenta la creaci¢n del Subdirector
Turismo.
Por tanto,
DECRETAN:
Constituci¢n del Subsector Turismo
CAPITULO I
Disposiciones b sicas
ARTÖCULO 1§.-Se establece el Subsector Turismo, como parte
integrante del
Sector Econom¡a y Comercio, el cual tendr como objetivo
fundamental cumplir
con lo establecido en la Ley de Planificaci¢n Nacional n£mero
5525 del 2 de
mayo de 1974, el Decreto n£mero 14184-PLAN de fecha 19 de enero
de 1983,
con las disposiciones que emanen de la Presidencia de la
Rep£blica, por medio
del Ministerio de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica Econ¢mica,
as¡ como las
disposiciones del Consejo de Gobierno, Consejo Econ¢mico y Social
y de su
Comisi¢n Nacional Econ¢mica del Plan Nacional de desarrollo a
trav‚s del
Ministro Sectorial y del Consejo Sectorial de Econom¡a y
Comercio.
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