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Articulo 28.-Habrá un
Comité Técnico Intersectorial, integrado y presidido por el Director de l.a
División de Planificación Sectorial del MIDEPLAN, así como por los directores
de las Secretarias Ejecutivas de Planificación Sectorial y tendrá a su cargo
la coordinación técnica de las actividades de los distintos sectores en la
formulación, ejecución y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y
Programa de Gobierno, asi como de los planes y programas sectoriales de
Gobierno.
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