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N§ 14433-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACION NACIONAL
Y POLITICA ECONOMICA,
En uso de las facultades conferidas en el art¡culo 140,
incisos 3) y 18) de
la Constituci¢n Pol¡tica y en lo dispuesto en la ley de
Planificaci¢n Nacional
N§ 5525 de 2 de mayo de 1974,
Considerando:
1§.-Que la Ley de Planificaci¢n Nacional N§ 5525 de 2 de mayo
de 1974,
establece en su art¡culo 4§, la responsabilidad de la
elaboraci¢n del Plan Nacional
de Desarrollo, por parte del Ministerio de Planificaci¢n
Nacional y Pol¡tica
Econ¢mica y la aprobaci¢n de ‚ste por parte del Presidente
de la Rep£blica.
2§.-Que el Consejo de Gobierno, en su sesi¢n N§ 22 del
dieciocho de agosto
de mil novecientos ochenta y dos estableci¢ que el Plan
Nacional de Desarrollo
constituir el Programa Oficial de Gobierno y ser fuente
obligada de referencia
no s¢lo para su funcionamiento sustantivo, sino tambi‚n
para fundamentar toda
directriz de pol¡tica social, econ¢mica y administrativa
por parte del Poder
Ejecutivo.
3§.-Que el ejercicio de las potestades de direcci¢n y
coordinaci¢n pol¡ticas
que la Ley General de la Administraci¢n P£blica establece
en sus art¡culos 26 b),
27.1, 97, 98, 99 y 100 sobre los entes descentralizados por
parte del Presidente de
la Rep£blica y del Poder Ejecutivo como tal por medio del
instrumento de la
directriz, requiere de un marco de referencia formalmente
promulgado para su
leg¡tima aplicaci¢n y que el plan de Desarrollo o
Programa de Gobierno as¡
promulgado, constituye dicho marco de referencia de la
pol¡tica socioecon¢mica
y administrativa del Gobierno.
4§.-Que de conformidad con los dispuesto en el art¡culo 361,
inciso 1) de
las Ley General de la Administraci¢n P£blica, se ha
concedido audiencia a las
entidades descentralizadas para que emitiesen su opini¢n
acerca del contenido
del Plan Nacional de Desarrollo 1982-1986 "Volvamos a la
Tierra".
Por tanto,
DECRETAN:
ARTÖCULO 1§.-La promulgaci¢n del Plan Nacional de Desarrollo
1982-1986
"Volvamos a la Tierra", conforme con la publicaci¢n del mismo en
el Diario
Oficial.
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