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ARTÖCULO 2§.-Este Plan constituir el marco de referencia
obligatorio para
fundamentar la posterior definici¢n y ejecuci¢n de las pol¡ticas
socioecon¢micas
y administrativas de todas las instituciones de la Administraci¢n
P£blica central
y descentralizada, al tenor de lo que dispone la Ley General de
la Administraci¢n
P£blica en los art¡culos citados.
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