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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10458 >> Fecha 27/08/1979 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 10458 - Articulo 15
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Artículo 15    (No vigente*)
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Artículo 15.—El Director realizará las siguientes funciones:

a) Ejecutar el programa de trabajo aprobado por el Consejo Nacional Sectorial, de Vivienda y Asentamientos Humanos;

b) Presidir el Comité Técnico Sectorial dé Vivienda y Asentamientos Humanos;

c) Fungir como Secretario del Consejo Nacional Sectorial de Vivienda y Asentamientos Humanos, y participar en sus sesiones con derecho a voz; y

ch) Cualesquiera otras funciones que le asigne el Presidente da Consejo Nacional Sectorial de Vivienda y Asentamientos Humanos.

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