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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 12235 >> Fecha 26/01/1981 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 12235 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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Artículo 4°-Para el cumplimiento de sus atribuciones, la presente Comisión tendrá facultades suficientes para requerir la información y colaboración necesarias de los organismos del Poder Central.

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