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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11856 >> Fecha 10/09/1980 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11856 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°-Son objetivos de la Comisión Consultiva de la Industria Alimentaria :  

a) Lograr, en el campo de su competencia, una efectiva participación de los sectores público y privado en la tarea nacional de planificación y en la consecución de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, especialmente en lo relativo el programa de Desarrollo de la Agroindustria.

b) Contribuir a que esta tarea tenga unidad y coherencia.

c) Establecer canales adecuados de comunicación entre los organismos competentes del sector público y las organizaciones del sector privado interesadas en esta rama de actividad, a fin de que se mantengan mutuamente informados de manera sistemática y permanente, sobre la marcha del Plan Nacional de Desarrollo en lo que se refiere a la industria alimentaria.

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