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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11066 >> Fecha 08/01/1980 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11066 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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3

Artículo 3º.- Corresponderá al Subdirector:

a) Ejercer las potestades que le confiere su calidad de superior jerárquico

subordinado;

b) Dirigir y coordinar las actividades internas y externas de la Oficina sin

perjuicio de las potestades del Ministro-Director al respecto;

c) Ser el centro de comunicación de la Oficina, en lo interno y externo;

ch) Ordenar la realización de estudios y reunir la documentación necesarios

para la buena marcha de la Oficina;

d) Delegar, abocar, sustituir o subrogar funciones dentro de los límites de

la Ley General de la Administración Pública;

e) Requerir ayuda de todo el personal de la Oficina para el cumplimiento

de sus deberes; y

f) Sustituir en sus ausencias temporales al Ministro-Director, cuando así lo

disponga el Presidente de la República.

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