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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14337 >> Fecha 25/02/1983 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 14337 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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3

   ARTICULO 3°.-El Sector Transportes y Obras Públicas está estructurado en la siguiente forma:

a) El Ministro de Obras Públicas y Transportes;

b) El Consejo Nacional Sectorial de Transportes y Obras Públicas;

c) La Comisión Consultiva de Transportes y Obras Públicas;

ch) La Comisión Gerencial de Transportes y Obras Públicas;

d) La Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial de Transportes y Obras Públicas;

e) El Comité Técnico Sectorial de Transportes y Obras Públicas;

f) Los Comités Sectoriales Regionales de Transportes y Obras Públicas; y

g) Todos los mecanismos de coordinación y asesoría, comisiones, comités y en general todos los que se establezcan por decisión del Ministro de Obras Públicas y Transportes.

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