De la Secretaría Ejecutiva de Planificación
Sectorial de Transportes y Obras Públicas
ARTICULO 17.-El Sector
Transportes y Obras Públicas, contará con una Secretaría Ejecutiva de Planificación
Sectorial de Transportes y Obras Públicas, a la que le corresponderá específicamente:
a) Velar por la ejecución de las
políticas del Ministro del Sector y cuando corresponda, del Consejo Nacional Sectorial de
Trabajo y Obras Públicas, así como ejecutar directamente las que el Ministro le asigne,
según las funciones aquí descritas para la Secretaría y atender los lineamientos y
normas de asesoría, información y coordinación emitidos por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica;
b) Elaborar los proyectos de Desarrollo y
del programa de Gobierno del Sector Transportes y Obras Públicas, con el aporte de los
departamentos y unidades de planificación de las instituciones del Sector;
c) Efectuar estudios a escala nacional y
regional y proponer políticas sectoriales en concordancia con tales estudios;
ch) Presentar informes trimestrales y
anuales ante el Ministro Sectorial de Transportes y Obras Públicas, con copia al
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica;
d) Analizar, evaluar y supervisar todo lo
relacionado con la cooperación técnica, las inversiones y el financiamiento externo del
Sector Transportes y Obras Públicas, con la participación de las dependencias encargadas
de estas funciones; dictaminar ante el Ministro Sectorial, para que éste luego proceda,
según dispone la Ley de Planificación Nacional número 5525 del 2 de mayo de 1974;
e) Establecer adecuados medios de
comunicación con las instituciones del Sector Transportes y Obras Públicas y con los
otros entes públicos y organizaciones privada, comunales y cooperativas que se relacionen
con el Sector Transportes y Obras Públicas;
f) Controlar y evaluar la ejecución de la
política sectorial, e informar al ministro al respecto; y
g) Establecer y mantener, en estrecha colaboración y
coordinación con la Dirección General de Planificación del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, un centro de documentación e información que permita el
registro y suministro adecuado de estadísticas e información periódicas al Ministro
Sectorial y al Consejo Nacional Sectorial de Transportes y Obras Públicas, para el
análisis y toma de decisiones, dentro del marco de referencia del Sistema Nacional de
Planificación.