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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15393 >> Fecha 04/04/1984 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15393 - Articulo 8
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8

ARTÖCULO 8§.-MIDEPLAN llevar  un registro de las industrias

rurales que

pretendan acogerse a los beneficios se¤alados en los art¡culos

3§, 4§ y 5§ del presente

Decreto.

El registro de las Industrias Rurales estar  ubicado en el

Departamento

Industrial de la Divisi¢n de Planificaci¢n y Coordinaci¢n

Sectorial de MIDEPLAN.

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