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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15393 >> Fecha 04/04/1984 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15393 - Articulo 16
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Artículo 16    (No vigente*)
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16

ARTÖCULO 16.-La toma de decisiones o recomendaciones de la

Comisi¢n para

la aprobaci¢n o denegatoria de solicitudes se fundamentar  en la

mayor¡a relativa

de votos de los miembros de la Comisi¢n. En caso de empate, el

voto del

Presidente de la Comisi¢n se tomar  como voto doble, para

determinar la mayor¡a

relativa requerida para aprobar o denegar las solicitudes de las

industrias

rurales.

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