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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14312 >> Fecha 09/02/1983 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14312 - Articulo 24
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24

ARTÖCULO 24.-El Sector Trabajo y Seguridad Social contar 

con un comit‚

consultivo integrado por los Directores T‚cnicos superiores de

cada Ministerio

y dem s entes del sector que servir  de apoyo a la Secretar¡a

Ejecutiva.

Este Comit‚ se reunir  por lo menos una vez cada dos meses

bajo la presidencia

del Director Ejecutivo de la Secretar¡a Ejecutiva de

Planificaci¢n Sectorial.

A este comit‚ le corresponder  la elaboraci¢n, discusi¢n y

programaci¢n

sectoriales, en concordancia con el Plan Nacional Sectorial as¡

como su control

y evaluaci¢n. El Ministerio de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica

Econ¢mica

actuar  de oficio en tales comit‚s y para ello el Director

Ejecutivo de la

Secretar¡a del Sector Trabajo y Seguridad Social har  llegar la

convocatoria

pertinente al Despacho del Ministerio de Planificaci¢n Nacional

y Pol¡tica Econ¢mica.

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