Artículo 3°-El Sector Economía y Comercio está estructurado en
la forma siguiente:
-El Ministro de Economía y Comercio.
-El Consejo Nacional Sectorial de Economía y Comercio.
-La Comisión Consultiva de Economía y Comercio.
-La Secretaría Ejecutiva de Planificación de Economía y
Comercio.
-La Comisión Gerencial de Economía y Comercio.
-La Comisión Consultiva de Directores Técnicos.
-La Unidad Institucional de Planificación.
-El Comité Técnico Sectorial.
-Los demás consejos o comisiones que integre el Presidente de la
República.
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