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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14348 >> Fecha 09/03/1983 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14348 - Articulo 17
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Artículo 17    (No vigente*)
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Artículo 17.-La Comisión Gerencial designará de su seno un distinto coordinador cada año, quien actuará como moderador e interlocutor de la misma cuando ello sea conveniente y necesario.

 

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