Articulo
2°—Los principales cometidos de
la Comisión Nacional
de Energía son los siguientes:
a)
Trazar las principales directrices para la formulación de la política energética
nacional a mediano y largo plazo, que ha de culminar con la elaboración del
Plan de Desarrollo Energético.
b)
Realizar un inventario de la energía de que dispone el país y sugerir normas
sobre su consumo nacional.
c)
Formular un plan de investigación sobre nuevas fuentes de energía aplicables
en el país.
ch)
Coordinar esfuerzos en el campo de la explotación de posibles fuentes de energía
en el país.
d)
Ordenar estudios y proyecciones sobre la demanda de energía a mediano y largo
plazos.
e)
Disponer la formulación de un sistema de información sobre energía dentro del
Sistema Nacional de Información, y
f)
Las demás que le encomiende el Poder Ejecutivo.
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