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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 11581 >> Fecha 12/06/1980 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 11581 - Articulo 6
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Artículo 6    (No vigente*)
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6

Artículo 6º.- La Comisión podrá solicitar a las instituciones

públicas o privadas que han venido trabajando en materias que tengan

interés para la Comisión, los estudios, datos e información que requieran

para el mejor cumplimiento de sus funciones.

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