Artículo
2°—El Subsistema de Planificación de empresas Asociativas de Producción
denominado en adelante el Subsistema), tiene como finalidad la promoción y
consolidación de formas empresariales en las que la propiedad, la gestión y la
riqueza están en manos de los trabajadores, como mecanismos para lograr su
participación organizada en él proceso productivo de bienes y servicios, la
toma de sus propias decisiones y el mejoramiento integral de las condiciones de
vida de sus integrantes.
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