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ARTÖCULO 12.-Las funciones y tareas de toda la organizaci¢n
para los
censos, deber n estar dentro de un Manual de Organizaci¢n y
Procedimiento
Administrativo que a su efecto debe elaborar la Direcci¢n
Administrativa de la
Direcci¢n General de Estad¡stica y Censos para ser aprobado por
la Comisi¢n
Nacional de Censos.
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