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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15792 >> Fecha 25/10/1984 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15792 - Articulo 4
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Artículo 4
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4

ARTÖCULO 4§.-La Oficina tendr  las siguientes funciones:

a) Mantenimiento de informaci¢n sobre las actividades,

condiciones, proyecciones

y resultados de las acciones de cada componente del

Proyecto.

b) Mantenimiento de informaci¢n sobre actividades fuera del

Area del Proyecto

pero vinculadas con el desarrollo socioecon¢mico de la Zona

Norte

y que tengan relaci¢n con las actividades de:

- La Oficina;

- MIDEPLAN;

- La Oficina Regional Huetar Norte y Chorotega de MIDEPLAN;

- El Comit‚;

- Los Consejos de Desarrollo de las Regiones Huetar Norte

y Chorotega; y

- Las Instituciones P£blicas que act£an en el Area del

Proyecto.

c) Realizar investigaciones y sugerir estudios y proyectos

piloto que provean

informaci¢n que contribuya al desarrollo socioecon¢mico de

la Zona Norte

a una m s eficiente utilizaci¢n de los recursos del Area del

Proyecto y a

una preservaci¢n de los recursos naturales no renovables de

la misma.

ch) Contribuir a la Planificaci¢n Regional de la Regi¢n Huetar

Norte, procurando:

1) Proporcionar a la Oficina Regional de la Regi¢n Huetar

Norte de MIDEPLAN

toda la informaci¢n necesaria para incorporar esta etapa

al

desarrollo de la Regi¢n Huetar Norte.

2) Preparar un preproyecto de planificaci¢n para el Area del

Proyecto.

3) Participar con la Oficina Regional de la Regi¢n Huetar

Norte en el an lisis

y consolidaci¢n del preproyecto de planificaci¢n, dentro

del Plan

Nacional de Desarrollo vigente en el a¤o 1987.

d) Llevar a cabo todas las otras funciones que le se¤ale

MIDEPLAN.

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