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ARTÖCULO 12.-La Asamblea General del Comit‚ estar integrada
por los siguientes
miembros:
a) Organizaciones de base: dos representantes por el cant¢n de
Upala, dos
representantes por el cant¢n de Guatuso y por un
representante del distrito
de Santa Cecilia del cant¢n de la Cruz.
b) Organizaciones de actividades econ¢micas: dos representantes
por el cant¢n
de Upala, dos representantes por el cant¢n de Guatuso y por
un representante
del distrito de Santa Cecilia del cant¢n de La Cruz.
c) Municipalidades: tres representantes, relacionados con el
rea del Proyecto,
de cada una de las Municipalidades de los cantones de Upala
y de Guatuso
y dos representantes de la Municipalidad de La Cruz.
ch) Tres representantes de cada uno de los Consejos de
Desarrollo Regional de
las Regiones Huetar Norte y Chorotega, uno de ellos deber
ser el Presidente
del Consejo de Desarrollo Regional.
d) Los representantes m ximos de las instituciones p£blicas
representadas
dentro del rea del Proyecto.
e) Los asesores presidenciales de la Zona Norte y del cant¢n
de La Cruz.
f) El coordinador del Proyecto, quien actuar como Presidente
de la Asamblea
General.
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