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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15792 >> Fecha 25/10/1984 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15792 - Articulo 15
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Artículo 15
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15

ARTÖCULO 15.-La Junta Directiva del Comit‚ tendr  las

siguientes funciones:

a) Ejecutar todas las acciones acordadas por la Asamblea

General.

b) Identificar distintos problemas en el  rea del Proyecto, que

requieran la

atenci¢n de la Oficina.

c) Velar por la ejecuci¢n por parte de los organismos

involucrados en el Proyecto

de sus respectivas actividades.

ch) Promover la adopci¢n y ejecuci¢n de actividades relacionadas

con el desarrollo

del  rea del Proyecto.

d) Elaborar y presentar a la Asamblea General el Plan de

Trabajo anual del

Comit‚.

e) Establecer mecanismos de enlace permanente con la Oficina,

aprobando y

evaluando en forma semestral y previo a su ejecuci¢n su Plan

de Trabajo.

f) Comunicar a la Asamblea General, sus acuerdos y velar por

el cumplimiento

y seguimiento de ellos.

g) Actuar de acuerdo con los objetivos de desarrollo del

Proyecto, tomando en

cuenta objetivos regionales emanados de los Consejos de

Desarrollo Regional

Huetar Norte y Chorotega.

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