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ARTÖCULO 18.-Los integrantes de la Asamblea General y de la
Junta Directiva
del Comit‚ ser n elegidos directamente por las organizaciones e
instituciones
involucradas en el Proyecto. Durar n dos a¤os en sus funciones
y pueden ser
reelegidos por per¡odos iguales y desempe¤ar n su cometido en
forma "Ad Honorem".
Se excluye de lo anterior al Coordinador del Proyecto.
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