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ARTÖCULO 2§.-La Unidad Ejecutora estar integrada por las
personas que a
continuaci¢n se indican:
a) El Jefe del Departamento de Riego y Avenamiento del Servicio
Nacional
de Electricidad, que fungir como Secretario Ejecutivo.
b) Por el Segundo Vicepresidente de la Rep£blica, un
representante del Instituto
de Desarrollo Agrario, un representante del Instituto
Costarricense
de Electricidad, un representante del Ministerio de
AGricultura y Ganader¡a
y por tres agricultores de la regi¢n, de nombramiento del
Poder Ejecutivo.
Los miembros de la Unidad Ejecutora ejercer n sus cargos por
dos a¤os,
pudiendo ser reelectos.
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