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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14830 >> Fecha 16/08/1983 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14830 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Invitar a que asistan como profesores de Formación y Ejecución de Planes, Programas y Políticas para el Desarrollo del Sector Agropecuario a los representantes de los siguientes países: Chile y Brasil.

 
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