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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28714 >> Fecha 26/06/2000 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28714 - Articulo 28
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Artículo 28    (No vigente*)
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Artículo 28.—El funcionario ejecutivo responsable de implantar las recomendaciones emitidas por las auditorías internas, dispondrá de un plazo hasta de treinta días hábiles contados a partir del días siguiente de su recibo, para informar a esa Unidad sobre la aceptación de las recomendaciones. El silencio de la administración activa se reputará como aceptación de las recomendaciones o peticiones de la auditoría interna.

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