Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28849 >> Fecha 24/08/2000 >> Articulo 41
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 41     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 28849 - Articulo 41
Ir al final de los resultados
Artículo 41
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 41.—De los presupuestos ordinarios y extraordinarios. El presupuesto ordinario y los extraordinarios del INEC serán elaborados por la Gerencia en estricta conformidad con las directrices establecidas por el Consejo Directivo y con sujeción a los lineamientos presupuestarios emitidos por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria.

Ir al inicio de los resultados