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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16097 >> Fecha 08/03/1985 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 16097 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°-EI servidor trasladado estará sujeto a las disposiciones internas del Ministerio en cuanto a jornada de trabajo y control de asistencia, y laborará bajo la dirección inmediata de la correspondiente jefatura del mismo.

 

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