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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30058 >> Fecha 19/12/2001 >> Articulo 111
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30058 - Articulo 111
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Artículo 111    (No vigente*)
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CAPÍTULO II

CAPÍTULO II

Gestión de deuda

Artículo 111.—Aprobación. La Dirección de Crédito Público someterá a la aprobación de la Autoridad Presupuestaria la política de endeudamiento y reducción de la deuda pública tanto interna como externa, para el mediano y largo plazo, con base en la cual planificará sus actuaciones y la estructura de plazos de los distintos instrumentos que la Tesorería Nacional pondrá a disposición del mercado financiero nacional e internacional.

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