Artículo 21
Artículo 21.Comisión de Recomendación de Adjudicaciones.
Funciones. La Comisión de Recomendación de Adjudicaciones deberá emitir
recomendaciones de adjudicación, o de declaratoria de deserción, en los procedimientos
ordinarios de contratación administrativa. En los procedimientos de contratación directa
la Comisión deberá emitir recomendación cuando por la complejidad del bien, servicio u
obra lo requiera; caso contrario, a juicio del Proveedor Institucional, solicitar o no
criterio técnico a la unidad que ha requerido la contratación, con el fin de preparar la
resolución de adjudicación.
(REFORMADO por artículo 11 del Decreto Ejecutivo No 31483 de 19 de
agosto de 2003, publicado en La Gaceta No 230 de 28 de noviembre de 2003.)
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