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Artículo 27.- Adicionalmente los Directores Técnicos Superiores de
cada Ministerio y ente del Sector, constituirá un Comité Consultivo, de
apoyo a la respectiva Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial y se
reunirá por lo menos una vez cada dos meses bajo la presidencia del Director Ejecutivo de aquella. Este Comité servirá de apoyo en la vital
labor de formulación de políticas y programas sectoriales, así como el
control y evaluación de la ejecución de aquellos.
MIDEPLAN actuará de oficio en tales comités y para ello el
respectivo Director Ejecutivo deberá hacer llegar la convocatoria pertinente al
Despacho del Ministro de Planificación Nacional y Política Económica.
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