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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14410 >> Fecha 23/03/1983 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14410 - Articulo 30
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Artículo 30    (No vigente*)
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30

    Artículo 30.- Corresponderá a la Dirección Regional:

a. Actuar como enlace entre el ministerio o institución y las agencias sub-regionales y locales dependientes del Ministerio de Hacienda y entes del Sector.

b. Coordinar con las otras direcciones regionales del mismo sector, la programación y ejecución de sus actividades en la región.

c. Formar parte, por medio del respectivo Director Regional del Comité Sectorial Regional de Finanzas y Crédito Público.

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