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Artículo 36.- Como una forma de fortalecer la participación, privada
y municipal, a nivel de sectores en la región y en adición a lo que
disponga el Decreto Ejecutivo sobre el Subsistema de Planificación Regional
sobre dicha participación a nivel de Consejo Regional de Desarrollo propiamente, existirá un Comité Consultivo adscrito a cada Comité Sectorial
Regional, constituido por los mismos representantes municipales, populares y privados estrictamente vinculados con cada Sector y que tienen asiento en
el respectivo Consejo Regional de Desarrollo. Dicho Comité Consultivo se
reunirá ordinariamente una vez al mes bajo la presidencia del Coordinador
del Sector y valorará la marcha del mismo, sugiriendo iniciativas tendientes a mejorar su funcionamiento en la Región.
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