Artículo 4º—La Comisión se reunirá ordinariamente una vez al mes en la fecha que se fije en la primera sesión y extraordinariamente cuando sea convocada por el Coordinador
Artículo 4º—La Comisión se reunirá ordinariamente una vez al mes en la fecha que se fije en la primera sesión y extraordinariamente cuando sea convocada por el Coordinador.
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