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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27908 >> Fecha 14/04/1999 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27908 - Articulo 14
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Artículo 14
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            Artículo 14.—Objetivos y funciones de los Consejos Regionales de Desarrollo Sostenible. Los Consejos Regionales de Desarrollo Sostenible tendrán a nivel regional los mismos objetivos y funciones que el CONADES.

Cada Consejo Regional de Desarrollo Sostenible deberá tener un representante y un suplente elegidos por sus integrantes, quien tendrá a nivel regional las mismas funciones que el Comité Directivo.

Los Consejos Regionales podrán surgir de otras iniciativas ya existentes a nivel regional con objetivos y funciones similares, para lo cual el CONADES promoverá su unificación en los citados Consejos.


 

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