Artículo 8°—Los ministerios de Relaciones Exteriores y Culto y de
Planificación Nacional y Política Económica procuraran propo
Artículo 8°—Los ministerios de
Relaciones Exteriores y Culto y de Planificación Nacional y Política Económica
procuraran proporcionar los bienes y servicios necesarios para la realización
de las actividades encomendadas al Consejo.
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