Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32303 >> Fecha 02/03/2005 >> Articulo 68
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 68     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32303 - Articulo 68
Ir al final de los resultados
Artículo 68
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
Artículo 68

Artículo 68.—Los planos que se elaboren para la desafectación deberán ser confeccionados y firmados por un profesional en agrimensura y ser presentados al INVU, Ministerio de Salud y Municipalidad respectiva, a fin de obtener la aprobación de estas instituciones, conforme a sus respectivas competencias.

 

Ir al inicio de los resultados