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ARTÖCULO 9§.-Atribuciones del Ministro:
Corresponder al Ministro:
a) Presentar al Comit‚ Directivo recomendaciones sobre las
solicitudes de
pr‚stamo para preinversi¢n, acompa¤adas de los respectivos
informes
t‚cnicos preparados por la Secretar¡a General;
b) Aprobar pr‚stamos hasta por el equivalente de US$ 75.000,00
(setenta y
cinco mil d¢lares de los Estados Unidos de Am‚rica) sobre
los cuales
informar posteriormente al Comit‚ Directivo; cualquier
recomendaci¢n
negativa deber ser sometida al Comit‚ Directivo para una
decisi¢n
definitiva;
c) Firmar a nombre del Fondo los contratos de pr‚stamo con
beneficiarios,
y de l¡neas de cr‚dito con instituciones nacionales
intermediarias, as¡
como otros contratos o convenios con personas u organismos
nacionales o
internacionales atinentes a las actividades de preinversi¢n,
o al aporte de
cuotas a dichos organismos;
d) Suspender desembolsos o cancelar contratos de consultores
cuando ello
proceda de acuerdo con este reglamento;
e) Conocer y resolver las apelaciones y pronunciamientos de la
Secretar¡a
General; y
f) Autorizar las gestiones de financiamiento interno o externo
del Ministerio
para fortalecer el Fondo.
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