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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14571 >> Fecha 27/05/1983 >> Articulo 62
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14571 - Articulo 62
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Artículo 62    (No vigente*)
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62

ARTÖCULO 62.-Toda firma consultora que sea filial o

subsidiaria de un contratista

de construcciones, un proveedor de equipos o una sociedad de

cartera

("holding Company") solamente podr  ser aceptable para realizar

estudios con

recursos del Fondo de Preinversi¢n, si acepta por escrito en

limitar sus funciones

a los servicios de consulta profesional y acepta en el contrato

que suscriba

que la firma y sus asociados no podr n participar en la

construcci¢n

del proyecto o de los proyectos resultantes del estudio, en el

suministro de materiales

y equipos para el mismo o en car cter financiero.

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