SECCIÓN II
SECCIÓN II
Forma y
contenido de los presupuestos
Artículo
31.—Presupuesto ordinario. El presupuesto ordinario de la República
contendrá las estimaciones de los ingresos ordinarios cuya percepción se
considere probable_ durante el ejercicio económico de que se trate, así como
los egresos ordinarios que durante ese mismo año se presuma requerirá el
Gobierno de la República para cumplir con sus objetivos y metas.
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