Artículo 34
Artículo
34.—Documento de presentación. Adicionalmente al proyecto de ley de
presupuesto, el Ministerio de Hacienda entregará al Poder Legislativo un
documento de presentación, en el que se incorporará la siguiente información:
a)
Resumen de las políticas fiscales y presupuestarias establecidas y de los
objetivos que se propone alcanzar el Gobierno de la República, las que deben
ser consistentes con las prioridades establecidas en el Plan Nacional de
Desarrollo, los criterios utilizados en la definición de las prioridades y un
análisis del impacto esperado en las variables macroeconómicas, en el mediano
plazo, como respuesta a la política presupuestaria adoptada para la elaboración
del proyecto de presupuesto.
b)
Estadísticas comparativas al 30 de junio de ese año, de los ingresos efectivos
de los últimos tres años.
c)
Rendimiento probable de las rentas de la Ley de Presupuesto del año base y sus
reformas.
d)
Detalle de los ingresos probables del Tesoro Público para el año fiscal del
respectivo proyecto de ley.
e)
Resumen comparativo de las principales rentas de la Administración Central.
f)
Estudio sobre la efectividad fiscal de las rentas que se esperan y las que se
deriven de cambios en las alícuotas o estructura fiscal vigente, cuando en el
proyecto de ley en trámite se contemplen nuevos impuestos o modifiquen los
existentes. La efectividad probable de las rentas así creadas o modificadas
será certificada por la Contraloría General de la República.
g)
Informe que detalle los cambios, supresiones, aumentos o disminuciones que se
propongan en las partidas de egresos con respecto a las del año anterior.
h)
Certificación del Banco Central de Costa Rica sobre la capacidad de endeudamiento
del Sector Público e informe detallando los posibles efectos sobre la economía
nacional.
|