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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33206 >> Fecha 07/07/2006 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33206 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 33206

Nº 33206

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

 

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140, inciso 18) de la Constitución Política, 25.1, 27.1 y 28.2 de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 del 2 de mayo de 1978); 6º, 9º, 10 y 11 de la Ley de Planificación Nacional (Nº 5525 del 2 de mayo de 1974).

 

Considerando:

 

I.—Que la Administración Pacheco de la Espriella, por medio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), emitió la constitución y operación del “Subsistema de Gestión Organizacional y Desarrollo Regional” dentro del “Sistema Nacional de Planificación” mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31768-MIDEPLAN del 26 de marzo de 2004, con el propósito de coordinar, ejecutar y evaluar un conjunto de actividades gubernamentales que se desarrollaron básicamente a partir de la implementación del denominado “Plan para la Superación de la Pobreza Vida Nueva”.

II.—Que como consecuencia de la constitución y operación del “Subsistema de Gestión Organizacional y Desarrollo Regional”, MIDEPLAN creó estructura operativa dentro de su organización para atender las responsabilidades establecidas en ese Subsistema, mediante la emisión del Decreto Ejecutivo Nº 32632-PLAN del 12 de julio de 2005 que creó el Área de Planificación Regional.

III.—Que las actividades gubernamentales relacionadas con los proyectos establecidos e iniciados al amparo del “Plan para la Superación de la Pobreza Vida Nueva” y que ameritan continuidad, continuarán siendo ejecutadas por medio de las instituciones que por materia y asignación presupuestaria resultan competentes.

IV.—Que la implementación del “Subsistema de Gestión Organizacional y Desarrollo Regional” y la operación del “Área de Planificación Regional” han generado distorsiones en las funciones de MIDEPLAN, al asumir responsabilidades de coadministración en la gestión pública de órganos, entes y empresas públicas, y de coejecución de proyectos a cargo de esos órganos, entes y empresas públicas.

V.—Que la presente Administración Arias Sánchez considera necesario retomar las funciones a cargo de MIDEPLAN, con el propósito de fortalecer y potenciar su condición por excelencia de órgano asesor de la Presidencia de la República, especialmente en aspectos relacionados con estudios y análisis sobre el desarrollo del país -en sus múltiples variables y perspectivas-, el desempeño institucional, el mejoramiento dela administración pública y la visualización de un Estado Moderno. Para tales propósitos, resulta necesario que MIDEPLAN priorice fuertemente tales funciones por encima de funciones de gestión pública y ejecución de proyectos que tradicionalmente lo han distraído de su misión fundamental de asesoría.

VI.—Que las labores de MIDEPLAN comprenden medidas de planificación, programación, evaluación y eficiencia en el uso de recursos provenientes de la cooperación internacional. Dada la trascendencia que se desea otorgar a esas labores, se considera necesario readecuar algunos enfoques temáticos de su organización y operación técnica.

VII.—Que las medidas de reorganización administrativa que se incluyen en este Decreto fueron aprobadas por el Área de Modernización del Estado de MIDEPLAN, según oficio Nº DME-063-06 del 30 de junio de 2006. Por tanto,

 

DECRETAN:

 

Artículo 1º—Derogatoria del “Subsistema de Gestión Organizacional y Desarrollo Regional” y del “Área de Planificación Regional” del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. Deróganse los Decretos Ejecutivos Nº 31768-MIDEPLAN del 26 de marzo de 2004 y Nº 32632-PLAN del 12 de julio de 2005. Los convenios de cooperación interinstitucional acordados al amparo de lo preceptuado en el artículo 9 del aquí derogado Decreto Ejecutivo Nº 31768, quedarán sin efecto a partir de la vigencia del presente Decreto. Los funcionarios del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica nombrados en propiedad y destacados en la aquí suprimida Área de Planificación Regional, continuarán en ejercicio de sus funciones, respetando sus derechos adquiridos y encomendándoseles funciones compatibles con las condiciones y requisitos de los puestos que ocupen.


 

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