Transitorio único
Transitorio único.-La determinación de la
pertenencia para la planificación de los distritos de Cóbano, Lepanto y Paquera
del cantón primero de la provincia de Puntarenas a la Región Chorotega o a la
Región Pacífico Central, se efectuará mediante la respectiva consulta popular a
los habitantes de los mismos. Para tal efecto, el Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica realizará ante la Asamblea Legislativa, los
trámites correspondientes a efecto de que dicha consulta se realice en un plazo
no mayor de doce meses, a partir de la entrada en vigencia del presente
Decreto.
Dado en la Presidencia de la República
.-San José, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y
cinco.
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