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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27623 >> Fecha 21/01/1999 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27623 - Articulo 21
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Artículo 21
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CAPITULO CUARTO

CAPITULO QUINTO

 

(Corregido mediante Fe de Erratas publicada en el Alcance N° 21 a La Gaceta N° 59 del 25 de marzo de 1999)

 

Del objetivo de la atención

 

Artículo 21.-De la Orientación del Programa: Los programas que defina la Comisión Nacional Interinstitucional deberán garantizar el mejoramiento en las condiciones de vida de las mujeres. mediante un proceso de formación integral que comprenda al menos la capacitación en formación humana, la capacitación técnica laboral, la inserción laboral y productiva, el acceso a vivienda digna y un incentivo económico ligado a los procesos de capacitación.

 


 

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