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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27640 >> Fecha 27/01/1999 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27640 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°-El Consejo tendrá como finalidad la coordinación, formulación y ejecución de políticas, estrategias y programas es

Artículo 2°-El Consejo tendrá como finalidad la coordinación, formulación y ejecución de políticas, estrategias y programas específicos para la atención a la población adulta mayor. Igualmente será responsable del seguimiento y de la evaluación periódica de las acciones que en esta materia ejecuten las instituciones de la Administración Pública y del Sector Privado.

 


 

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