Artículo 3°-El Sector de Economía, Industria y Comercio, está
estructurado en la forma siguiente:
Artículo 3°-El Sector de Economía, Industria
y Comercio, está estructurado en la forma siguiente:
a) El Consejo Nacional Sectorial de
Economía, Industria y Comercio;
b) La Secretaría Ejecutiva de
Planificación Sectorial de Economía, Industria y Comercio;
c) El Comité Técnico Sectorial de Economía,
Industria y Comercio;
ch) Los Comités Sectoriales Regionales de
Economía, Industria y Comercio; y
d) Todos los mecanismos de coordinación y
asesoría, comisiones, comités y en general todos los que se establezcan. por decisión
del Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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