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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 15658 >> Fecha 16/07/1984 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 15658 - Articulo 3
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Articulo 3°-Rige a partir de su publicación

Articulo 3°-Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciséis días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro.

 

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